Criterios de la candidatura

CRITERIOS PARA LA CONFECCIÓN DE LA CANDIDATURA
Aprobados en Consejo Municipal de Málaga ciudad en 17/09/2014


1. Para toda la candidatura:

·Criterio de paridad y lista cremallera, teniendo que estar al menos todos los puestos pares o impares ocupados por mujerres (art. 82.1 de los Estatutos de IULV-CA).
·Candidatura joven: en media de edad, y en presencia de jóvenes. Al menos el 20% de la candidatura, en tramos máximos de cinco, debe estar compuesto por menores de 31 años (art. 82.2 de los Estatutos de IULV-CA).
·L@s candidat@s no podrán estar incurs@s en causa legal ni estatutaria de inelegibilidad ni incurrir en incompatibilidades (art. 6, 7, 177 y 178 LOREG, Art. 92, 95 de los Estatutos de IULV-CA).
·Lealtad a los acuerdos colectivos y a la identidad y línea política de Izquierda Unida. Asunción del programa político elaborado colectivamente (sin dar lugar a objeciones de conciencia.
·Representativa del conjunto del territorio malagueño, de su composición social, de sus sectores profesionales y de los conflictos sociales.


2. Criterios para el tramo del 2 al 10:

         Además de los anteriores,
·Candidat@s completamente disponibles para precampaña y campaña electoral.
·Candidat@s disponibles para dedicación a las funciones del cargo de concejal.
·Candidat@s con solvencia para ejercer tareas de gestión pública y gobierno municipal.
·Candidat@s representativos, con un nivel de conocimiento y referentes sociales en ámbitos clave (Universidad, movimiento vecinal, sindicato, estudiantes) y en sectores profesionales y económicos.


3. Criterios para la elección de la cabecera de lista:

         Además de los anteriores,
·Candidat@ con mayor nivel de conocimiento y valoración en Málaga ciudad.






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